Ley de Mecenazgo, modificada en enero de 2015.
PERSONAS FISICAS
Donativos monetarios o en especie.
Primeros 150 € el 75%.
Resto el 30%.
Ejemplo para un donativo de 200€:
Primeros 150 € el 75%, desgravación 112,50 €.
Resto 50€ el 30%, desgravación 15,00€.
Total a desgravar 127,50€.
Si durante 3 años se ha mantenido o aumentado la cantidad donada el Resto desgrava al 35%.
El límite de la deducción por donativos será del 10% de la Base Imponible.
PERSONAS JURIDICAS .IS.
Donativos en general (monetarios o en especie) el 35%.
Si durante 3 años se ha mantenido o aumentado la cantidad donada desgrava al 40%.
El límite de la deducción por donativos será del 10% de la Base Imponible.
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